5/24/2016

RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO N° 007-2016-OTASS/CD Aprueban la Directiva N° 001-2016-OTASS/ CD

Aprueban la Directiva Nº 001-2016-OTASS/ CD "Directiva que establece la Metodología para la Etapa de Evaluación Definitiva y determinación de Criterios Adicionales para la priorización del ingreso de las EPS Municipales al Régimen de Apoyo Transitorio" ORGANISMO TÉCNICO DE LA ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SANEAMIENTO RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 007-2016-OTASS/CD Lima, 20 de mayo de 2016 VISTOS: Los Informes Nºs. 019 y 021-2016-OTASS-DPGC de la Dirección de Políticas y Gobierno Corporativo,
Aprueban la Directiva Nº 001-2016-OTASS/ CD "Directiva que establece la Metodología para la Etapa de Evaluación Definitiva y determinación de Criterios Adicionales para la priorización del ingreso de las EPS Municipales al Régimen de Apoyo Transitorio" ORGANISMO TÉCNICO DE LA ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SANEAMIENTO
RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 007-2016-OTASS/CD
Lima, 20 de mayo de 2016
VISTOS:

Los Informes Nºs. 019 y 021-2016-OTASS-DPGC de la Dirección de Políticas y Gobierno Corporativo, el Memorándum Nº 025-2016-OTASS/DPGC, y los Informes Nºs. 054 y 057-2016-OTASS/OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento - OTASS y estando a lo acordado por el Consejo Directivo del OTASS;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley Nº 30045, Ley de Modernización de los Servicios de Saneamiento, se crea el Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento - OTASS, como Organismo Público Técnico especializado adscrito al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - MVCS, con personería jurídica de derecho público interno, con autonomía funcional, económica, financiera y administrativa, con competencia a nivel nacional; el cual es el encargado de ejecutar la política del Ente Rector en materia de administración para la prestación de los servicios de saneamiento a cargo de las Entidades Prestadoras de Servicios;

Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1240 se modificó la Ley Nº 30045, precisando que es función del OTASS, entre otras, evaluar la solvencia económica y financiera, la sostenibilidad de la gestión empresarial y la sostenibilidad de la prestación de los servicios de la EPS, y de ser el caso, determinar la aplicación al Régimen de Apoyo Transitorio;

Que, el artículo 45º del Reglamento de la Ley Nº 30045, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-2013-VIVIENDA, establece que la Gerencia Evaluación del OTASS, en adelante la Dirección de Evaluación, es responsable del Proceso de Evaluación; proceso que conforme al numeral 3 del mismo articulado, comprende la etapa de evaluación definitiva, la cual concluye con un informe final de resultados de evaluación de las EPS que la referida Gerencia preparará y elevará para aprobación del Consejo Directivo;

Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 49 del Reglamento de la Ley Nº 30045, para la priorización de la incorporación de la EPS al Régimen de Apoyo Transitorio, la Dirección de Evaluación y el Consejo Directivo del OTASS, aplicarán otros criterios que el mismo OTASS establezca y que respondan a criterios técnicos, económico-financieros y legales;

Que, mediante documentos del Visto, la Dirección de Políticas y Gobierno Corporativo, a solicitud de la Dirección de Evaluación y en uso de sus funciones establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones del OTASS
aprobado con Decreto Supremo Nº 017-2014-VIVIENDA, ha formulado el proyecto de "Directiva que establece la Metodología para la Etapa de Evaluación Definitiva y determinación de Criterios Adicionales para la priorización del ingreso de las EPS Municipales al Régimen de Apoyo Transitorio";

Que, en ese sentido, el literal b) del artículo 9 el Reglamento de Organización y Funciones del OTASS
aprobado con Decreto Supremo Nº 017-2014-VIVIENDA, establece que es función del Consejo Directivo del OTASS, "Aprobar normas y lineamientos de carácter general que regulen la administración y gestión de las EPS";

De conformidad con lo señalado en la Ley Nº 30045 "Ley de Modernización de los Servicios de Saneamiento" y su modificatoria, el Decreto Supremo Nº 015-2013-VIVIENDA, Reglamento de la Ley de Modernización de los Servicios de Saneamiento y, estando a lo acordado por el Consejo Directivo del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento - OTASS;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar la Directiva Nº 001-2016-OTASS/ CD "Directiva que establece la Metodología para la Etapa 587885 NORMAS LEGALES
Martes 24 de mayo de 2016
El Peruano / de Evaluación Definitiva y determinación de Criterios Adicionales para la priorización del ingreso de las EPS
Municipales al Régimen de Apoyo Transitorio".

Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano"; y de la Resolución y la Directiva aprobada en el artículo primero en el Portal Institucional del OTASS (www.otass.gob.pe).

Regístrese y publíquese.

JOSÉ ANTONIO SALARDI RODRÍGUEZ
Presidente del Consejo Directivo Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento

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