6/28/2013

Resolución Ministerial 151-2013-VIVIENDA Autorizan al Programa Mejoramiento Integral de Barrios realizar intervenciones

Autorizan al Programa Mejoramiento Integral de Barrios realizar intervenciones a través de diversos proyectos de inversión pública VIVIENDA RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 151-2013-VIVIENDA Lima, 21 de junio de 2013 CONSIDERANDO: Que, el literal a) del artículo 4° de la Ley N° 27792, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, establece que es función del Ministerio diseñar, normar y ejecutar la política nacional y acciones
Autorizan al Programa Mejoramiento Integral de Barrios realizar intervenciones a través de diversos proyectos de inversión pública

VIVIENDA
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 151-2013-VIVIENDA


Lima, 21 de junio de 2013
CONSIDERANDO:

Que, el literal a) del artículo 4° de la Ley N° 27792, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda,
Construcción y Saneamiento, establece que es función del Ministerio diseñar, normar y ejecutar la política nacional y acciones del sector en materia de vivienda, urbanismo y saneamiento;

Que, por Decreto Supremo N° 004-2012-VIVIENDA, modificado por el Decreto Supremo N° 001-2013-VIVIENDA, se creó el Programa Mejoramiento Integral de Barrios, bajo el ámbito del Viceministerio de Vivienda y Urbanismo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, con el propósito de contribuir a mejorar la calidad de vida de la población urbana residente en barrios urbano-marginales, mediante la actuación coordinada y concurrente del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, las Municipalidades y la Comunidad Barrial;

Que, el numeral 3.1 del artículo 3 del citado Decreto Supremo establece que por excepción aprobada por Resolución Ministerial se podrá intervenir en otros ámbitos urbanos;
asimismo el numeral 3.2 señala que por norma expresa se podrán realizar intervenciones especiales de manera directa en barrios urbano marginales, según requisitos y condiciones que se establezcan en el Manual de Operaciones;

Que, con Resolución Ministerial N° 022-2013-VIVIENDA, se aprobó el Manual de Operaciones del Programa Mejoramiento Integral de Barrios-PMIB, modificado por la Resolución Ministerial N° 149-2013-VIVIENDA, el cual en su artículo 7°, señala que por excepción aprobada en norma expresa, se podrán realizar intervenciones especiales de manera directa en barrios urbano-marginales ubicados en territorios afectados por fenómenos naturales, motivaciones sociales o caracterizados por altos niveles de pobreza;

Que, mediante Informe N° 98-2013-VIVIENDA/VMVU-PMIB, la Dirección Ejecutiva del Programa Mejoramiento Integral de Barrios, propone el financiamiento de un (01) PIP, en el marco de la excepción referida a intervenciones en otros ámbitos urbanos, regulada por el numeral 3.1 del artículo 3 del Decreto Supremo N° 004-2012-VIVIENDA, modificado por el Decreto Supremo N° 001-2013-VIVIENDA;

Que, asimismo se propone el financiamiento de 66 proyectos de inversión pública ubicados en Barrios Urbanos Marginales–BUM, en los cuales se han podido identificar niveles de pobreza significativos con grados de marginalidad altos respecto a la disponibilidad de bienes y servicios esenciales, así como un (01) proyecto de inversión pública localizado en la provincia y departamento de Arequipa, declarada en emergencia por el Decreto Supremo N° 019-2013-PCM, por considerar que los daños ocasionados han generado graves pérdidas económicas y daños materiales que ponen en riesgo la transitabilidad y el normal desarrollo de las actividades económicas de la población, lo que se enmarca en la excepción referida a intervenciones especiales regulada en el artículo 7 del Manual de Operaciones;

Que, en consecuencia es necesario aprobar las intervenciones propuestas por el PMIB, en el marco de lo establecido en el artículo 3 del Decreto Supremo N° 004-2012-VIVIENDA, modificado por el Decreto Supremo N° 001-2013-VIVIENDA, así como en el artículo 7 del Manual de Operaciones aprobado por la Resolución Ministerial N° 022-2013-VIVIENDA, modificada por la Resolución Ministerial N° 149-2013-VIVIENDA;

De conformidad con la Ley N° 27792, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda,
Construcción y Saneamiento, el Decreto Supremo N° 004-2012-VIVIENDA, modificado por el Decreto Supremo N° 001-2013-VIVIENDA, que creó el Programa Mejoramiento Integral de Barrios y la Resolución Ministerial N° 022-2013-VIVIENDA, modificada por Resolución Ministerial N° 149-2013-VIVIENDA que aprobó el Manual de Operaciones del Programa Mejoramiento Integral de Barrios-PMIB;

SE RESUELVE:

Articulo 1.- Autorización de intervención en otros ámbitos urbanos Autorizar al Programa de Mejoramiento Integral de Barrios realizar la intervención en otros ámbitos urbanos a través de un proyecto de inversión pública descrito en el Anexo que forma parte de la presente Resolución, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.

Artículo 2.- Autorización de las intervenciones Especiales Autorizar al Programa de Mejoramiento Integral de Barrios realizar las intervenciones especiales a través de 67 proyectos de inversión pública descritos en el Anexo que forma parte de la presente Resolución, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.

Artículo 3.- Publicidad Encargar a la Oficina General de Estadística e Informática la publicación del Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución en la página web del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

RENÉ CORNEJO DÍAZ
Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento

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