6/26/2013

Resolución Administrativa 094-2013-CE-PJ Establecen disposiciones para la diligencia de cédulas de notificación

Establecen disposiciones para la diligencia de cédulas de notificación emitidas por órganos jurisdiccionales de las Cortes Superiores de Justicia del Callao, Lima, Lima Norte y Lima Sur CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 094-2013-CE-PJ Lima, 29 de mayo de 2013 VISTO: El Oficio N° 903-2013-GG/PJ, cursado por el Gerente General del Poder Judicial. CONSIDERANDO: Primero. Que mediante Resolución Administrativa N° 192-2008-CE-PJ, del 1 de julio de
Establecen disposiciones para la diligencia de cédulas de notificación emitidas por órganos jurisdiccionales de las Cortes Superiores de Justicia del Callao, Lima, Lima Norte y Lima Sur

CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 094-2013-CE-PJ


Lima, 29 de mayo de 2013
VISTO:

El Oficio N° 903-2013-GG/PJ, cursado por el Gerente General del Poder Judicial.

CONSIDERANDO:

Primero. Que mediante Resolución Administrativa N° 192-2008-CE-PJ, del 1 de julio de 2008, se creó la Unidad Operativa denominada 'Centro Lima Metropolitana -Callao, Servicios de Notificación', encargada de diligenciar las cédulas de notificación emitidas por los órganos jurisdiccionales de las Cortes Superiores de Justicia del Callao, Lima y Lima Norte; así como de la Corte Suprema de Justicia de la República.

Segundo. Que por Resolución Administrativa N° 117-2011-CE-PJ, de fecha 20 de abril de 2011, se constituyó a la Corte Superior de Justicia de Lima, entre otras, como Unidad Ejecutora del Pliego 004: Poder Judicial, a partir del Ejercicio Fiscal 2012.

Tercero. Que, posteriormente, mediante Resolución Administrativa N° 114-2012-CCE-PJ, del 20 de junio de 2012, se constituyeron, entre otras, a las Cortes Superiores de Justicia de Lima Norte y del Callao como Unidades Ejecutoras del Pliego 004: Poder Judicial, a partir del Ejercicio Fiscal 2013.

Cuarto. Que el Poder Judicial ha realizado un proceso de desconcentración administrativa con el objeto de facilitar las labores a nivel de las Cortes Superiores de Justicia, de modo que les permita realizar directamente las acciones administrativas necesarias para el cumplimiento de sus funciones.

Quinto. Que, en este contexto, resulta necesario que cada Corte Superior de Justicia asuma la dirección y funcionamiento de su correspondiente servicio de notificaciones, contribuyendo así a la consecución de los principios de celeridad y economía procesal.

Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 383-2013 de la décima novena sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Mendoza Ramírez, Walde Jáuregui, Ticona Postigo, Meneses Gonzales, Palacios Dextre y Chaparro Guerra, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad.

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Disponer que a partir del 1 de agosto del año en curso, las Cortes Superiores de Justicia del Callao, Lima, Lima Norte y Lima Sur diligenciarán las cédulas de notificación emitidas por sus respectivos órganos jurisdiccionales. En consecuencia, corresponde a las citadas Cortes Superiores de Justicia organizar el servicio de notificaciones en sus respectivos Distritos Judiciales, aprobando la directiva que regirá sus procedimientos.

Artículo Segundo.- Establecer que hasta el 31 de julio del presente año, la Unidad Operativa denominada
'Centro Lima Metropolitana, Callao, Servicio de Notificaciones', creada por Resolución Administrativa N° 192-2008-CE-PJ, continuará recolectando de los órganos jurisdiccionales las cédulas de notificación y devolución de los respectivos cargos de entrega durante el mes de agosto del presente año.

Artículo Tercero.- Disponer que la Unidad Operativa denominada 'Centro Lima Metropolitana, Callao,
Servicio de Notificaciones' concluirá su funcionamiento el 31 de agosto próximo, procediéndose al cierre y desactivación de la mencionada unidad operativa, acción que deberá concluir antes del 30 de setiembre del año en curso.

Artículo Cuarto.- Autorizar a la Gerencia General del Poder Judicial a realizar las acciones administrativas conducentes al cierre y liquidación de la mencionada unidad operativa; así como a adoptar medidas de racionalización que incluyen la transferencia de recursos y bienes asignados a favor de las Cortes Superiores de Justicia del Callao, Lima, Lima Norte y Lima Sur.

Artículo Quinto.- Precisar que mediante resolución del Titular del Pliego, se realizarán las modificaciones presupuestarias necesarias que permitan dar cumplimiento a la presente resolución.

Artículo Sexto.- Disponer que el diligenciamiento de las cédulas de notificación emitidas por las Salas de la Corte Suprema de Justicia de la República, se realizará a través del servicio de notificaciones del Distrito Judicial de Lima.

Artículo Sétimo.- Dejar sin efecto la Resolución Administrativa N° 192-2008-CE-PJ, del 1 de julio de 2008;
así como aquellas disposiciones administrativas que se opongan a la presente resolución.

Artículo Octavo.- Transcribir la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia del Callao, Lima, Lima Norte y Lima Sur; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.

S.

ENRIQUE JAVIER MENDOZA RAMÍREZ
Presidente

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