6/27/2013

Resolución 0910-2013-ANR Declaran que la Universidad Continental ha cumplido con las disposiciones

Declaran que la Universidad Continental ha cumplido con las disposiciones establecidas en la Ley Universitaria y aprueban la implementación de Facultades de Ingeniería y Ciencias de la Salud COMISIÓN DE COORDINACIÓN INTERUNIVERSITARIA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES RESOLUCIÓN N° 0910-2013-ANR Lima, 12 de junio de 2013 EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES VISTOS: Los oficios Nros. 003, 020, 021, 034 y 038-2013-R/UC, de fechas 06 y 13 de febrero y 06 y 10 de mayo de 2013,
Declaran que la Universidad Continental ha cumplido con las disposiciones establecidas en la Ley Universitaria y aprueban la implementación de Facultades de Ingeniería y Ciencias de la Salud COMISIÓN DE COORDINACIÓN INTERUNIVERSITARIA

ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES
RESOLUCIÓN N° 0910-2013-ANR


Lima, 12 de junio de 2013
EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL
DE RECTORES
VISTOS:

Los oficios Nros. 003, 020, 021, 034 y 038-2013-R/UC, de fechas 06 y 13 de febrero y 06 y 10 de mayo de 2013, informes Nros. 078 y 084-2013-DGDAC, de fechas 06 y 13 de mayo de 2013, memorando N° 544-2013-SE, de fecha 17 de mayo de 2013; y,
CONSIDERANDO:

Que, en el marco de las atribuciones específicas establecidas en los incisos e) y f) del artículo 92° de la Ley Universitaria N° 23733, la creación de carreras, programas académicos y de segunda especialidad acordados por una universidad requieren de la coordinación previa e indispensable con la Asamblea Nacional de Rectores y asimismo es atribución de ésta última concordar los requisitos mínimos exigibles para el otorgamiento de grados y títulos universitarios y la unificación de sus denominaciones, sin perjuicio del derecho de cada universidad a establecer la currícula y requisitos adicionales propios;

Que, por Resoluciones N° 429-98-CONAFU, de fecha 30 de junio de 1998, el Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades autorizó el Funcionamiento Provisional de la Universidad Continental de Ciencias e Ingeniería con sede en la ciudad de Huancayo, departamento de Junín; N° 299-2006-CONAFU, de fecha 07 de setiembre de 2006, le otorga la Autorización Definitiva de Funcionamiento a la citada universidad, adecuada al Decreto Legislativo N° 882, para brindar servicios educativos de nivel universitario en las Carreras Profesionales:

Ingeniería Informática, Administración, Marketing y Negocios Internacionales, y Contabilidad; y N° 448-2012-CONAFU, de fecha 05 de setiembre de 2012, le autorizó el cambio de denominación de Universidad Continental de Ciencias e Ingeniería por Universidad Continental;

Que, mediante oficios de vistos, el Rector de la Universidad Continental, con sede en la ciudad de Huancayo, solicita a la Presidencia de la Asamblea Nacional de Rectores el reconocimiento y oficialización de programas académicos que se han creado en su representada, adjuntando para tal efecto los planes curriculares y actos resolutivos correspondientes de cada uno de los ellos:
• Escuela Académico Profesional de Ingeniería Electrónica, adscrita a la Facultad de Ingeniería y aprobada por Resolución N° 144-2013-CU/UC, de fecha 23 de enero de 2013.
• Escuela Académico Profesional de Ingeniería Mecatrónica, adscrita a la Facultad de Ingeniería y aprobada por Resolución N° 143-2013-CU/UC, de fecha 23 de enero de 2013.
• Segunda Especialidad en Ortodoncia y Ortopedia Maxilar, aprobada por Resolución N° 073-2013-CU/UC, de fecha 16 de enero de 2013, adscrita a la Facultad de Ciencias de la Salud.

Que, mediante informes de vistos, la Dirección General de Desarrollo Académico y Capacitación concluye que la documentación remitida por la mencionada universidad cumple con las disposiciones establecidas en los artículos 23° y 92°, incisos e) y f), de la Ley Universitaria N° 23733, respecto a la creación y funcionamiento de los programas académicos citados en el considerando precedente; por lo que, es de opinión favorable para que la Asamblea Nacional de Rectores emita el acto resolutivo correspondiente;

Que, mediante el memorando de vistos, la Secretaría Ejecutiva dispone emitir una resolución, por la que se declare que la Universidad Continental ha cumplido con la normativa descrita en el considerando precedente, respecto a la creación y funcionamiento de los programas académicos invocados en el tercer considerando de la presente resolución;

Estando a la autorización de la Alta Dirección, y;

De conformidad con la Ley Universitaria N° 23733 y en uso de las atribuciones conferidas al Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores, en virtud del Reglamento General de la Comisión de Coordinación Interuniversitaria;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Declarar que la Universidad Continental, con sede en la ciudad de Huancayo, ha cumplido con las disposiciones establecidas en los artículos 23° y 92°, incisos e) y f), de la Ley Universitaria N° 23733, respecto a la creación y funcionamiento de Escuelas Académico Profesionales y Segunda Especialidad; quedando en consecuencia aprobadas para su implementación:
1. FACULTAD DE INGENIERÍA
- Escuela Académico Profesional de Ingeniería Electrónica
- Escuela Académico Profesional de Ingeniería Mecatrónica 2. FACULTAD DE CIENCIAS DE LA SALUD
- Segunda Especialidad en Ortodoncia y Ortopedia Maxilar Artículo 2°.- Regístrese oficialmente en la Asamblea Nacional de Rectores, lo resuelto en los artículos precedentes, y dispóngase la difusión de la presente Resolución a la Dirección General de Desarrollo Académico y Capacitación y a las Áreas del Registro Nacional de Grados y Títulos y Carnés Universitarios de la Secretaría General de la Institución, para los fines que dispone la Ley.

Artículo 3°.- Publíquese la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano y en la página web de la Institución.

Regístrese y comuníquese.

ORLANDO VELÁSQUEZ BENITES
Rector de la Universidad Nacional de Trujillo y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores RAÚL MARTÍN VIDAL CORONADO Secretario General de la Asamblea Nacional de Rectores

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