3/09/2013

Resolución N° 023-2013/SBN-DGPE-SDAPE SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DEL PATRIMONIO ESTATAL

SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DEL PATRIMONIO ESTATAL SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE BIENES ESTATALES RESOLUCIÓN N° 023-2013/SBN-DGPE-SDAPE San Isidro, 28 de febrero de 2013 Visto, el Expediente N° 186-2011/SBN-SDAPE, correspondiente al trámite de primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno de 345 656,60 m², ubicado a la margen izquierda del río Rímac, al pie de la ladera norte del cerro Huaycan, al noroeste del pueblo joven Proyecto Especial Huaycan, en el distrito de Ate, provincia
SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DEL PATRIMONIO ESTATAL

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE BIENES ESTATALES
RESOLUCIÓN N° 023-2013/SBN-DGPE-SDAPE


San Isidro, 28 de febrero de 2013
Visto, el Expediente N° 186-2011/SBN-SDAPE, correspondiente al trámite de primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno de 345 656,60 m², ubicado a la margen izquierda del río Rímac, al pie de la ladera norte del cerro Huaycan, al noroeste del pueblo joven Proyecto Especial Huaycan, en el distrito de Ate, provincia y departamento de Lima; y CONSIDERANDO:

Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales
– SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que lo conforman, en materia de adquisición, disposición, administración y registro de los bienes estatales a nivel nacional, así como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentren bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme lo establece la Ley N° 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA;

Que, revisada la base gráfica de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identificó el terreno de 347 606.08 m², correspondiente al sector 1, Parcela A de la zona Arqueológica Monumental Huaycan de Pariachi;

Que, de la información remitida por el Registro de Predios de Lima, con Oficio N° 1293-2011-SUNARP-Z.R.N°
IX/GPI de fecha 29 de abril de 2011, se determinó que el área libre de inscripción registral sería de 345 656,60 m², terreno que se ubica a la margen izquierda del río Rímac, al pie de la ladera norte del cerro Huaycan, al noroeste del pueblo joven Proyecto Especial Huaycan, en el distrito de Ate, provincia y departamento de Lima;

Que realizada la inspección técnica el 10 de agosto de 2012, se verificó que este terreno forma parte del sector 1 de la Parcela A de la Zona Arqueológica monumental Huaycan de Pariachi, se halló en gran parte delimitado por un cerco perimétrico de murete de ladrillo corrido con postes y alambres, en el interior se observan edificaciones de adobe prehispánicas, presenta una topografía mixta, plana hacia la avenida colindante y accidentada en la zona de ladera de cerro;

Que, mediante Informe Técnico N° 10642-2012-SUNARP-Z.R.N°IX-OC de fecha 05 de setiembre de 2012, la Zona Registral N° IX – Sede Lima, informó que el terreno en consulta se observa comprendido en zona de cerros donde no se cuenta con información gráfica de planos con antecedentes registrales;

Que, el tercer párrafo del artículo 16° del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios señala que no impide la inmatriculación, el informe técnico que señale la imposibilidad de determinar si el predio se encuentra inscrito o no;

Que, el artículo 23° de la Ley N° 29151, establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado, cuya inmatriculación compete a la SBN, por lo que corresponde tramitar la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno de 345 656,60 m², de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 38° del Reglamento de la Ley N° 29151, aprobado mediante Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA y la Directiva N° 001-2002/SBN, modificada por la Directiva N° 003-2004/SBN, que regulan el trámite de inscripción de la primera de dominio de predios a favor del Estado;

Que, los literales a) y p) del artículo 44° del Reglamento de Organización y Funciones de la SBN, aprobado por Decreto Supremo N° 016-2010-VIVIENDA, facultan a la Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal a sustentar y aprobar los actos de adquisición y administración de los bienes estatales bajo competencia de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, así como a emitir resoluciones en materia de su competencia;

De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29151,
Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA y modificatorias; y,
Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Técnico Legal N° 0158-2012/SBN-DGPE-SDAPE, de fecha 24 de setiembre de 2012;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno de 345 656,60 m², ubicado a la margen izquierda del río Rímac, al pie de la ladera norte del cerro Huaycan, al noroeste del pueblo joven Proyecto Especial Huaycan, en el distrito de Ate, provincia y departamento de Lima de acuerdo al plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución.

Artículo 2°.- La Zona Registral N° IX Sede Lima de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente Resolución, efectuará la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno antes descrito en el Registro de Predios de Lima.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CARLOS GARCÍA WONG
Subdirector de Administración del Patrimonio Estatal

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