3/06/2013

Resolución Ministerial N° 213/RE Autorizan viajes de funcionarios y asesor a Bolivia, Chile, Colombia, EEUU

Autorizan viajes de funcionarios y asesor a Bolivia, Chile, Colombia, EEUU y Brasil, en comisión de servicios RELACIONES EXTERIORES RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 213/RE Lima, 4 de marzo de 2013 CONSIDERANDO: Que, la 'Comisión Bilateral Peruano - Boliviana para Erradicar el Contrabando Organizado en Productos Agropecuarios y Otros', fue un compromiso adoptado por los dos países en el 'Tratado General de Integración y Cooperación Económica y Social para la Conformación de un Mercado Común entre
Autorizan viajes de funcionarios y asesor a Bolivia, Chile, Colombia, EEUU y Brasil, en comisión de servicios

RELACIONES EXTERIORES
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 213/RE


Lima, 4 de marzo de 2013
CONSIDERANDO:

Que, la 'Comisión Bilateral Peruano - Boliviana para Erradicar el Contrabando Organizado en Productos Agropecuarios y Otros', fue un compromiso adoptado por los dos países en el 'Tratado General de Integración y Cooperación Económica y Social para la Conformación de un Mercado Común entre las Repúblicas de Perú y Bolivia', suscrito el 03 agosto de 2004, y ratificado en el 'Acta del Encuentro entre los Presidentes de la República del Perú, señor Alan García Pérez, y del Estado Plurinacional de Bolivia, señor Evo Morales Ayma, firmado en la ciudad de Ilo Departamento de Moquegua, el 19 de octubre de 2010;

Que, en cumplimiento de ese compromiso, se celebró la I Reunión de la 'Comisión Bilateral Peruano - Boliviana para Erradicar el Contrabando Organizado en Productos Agropecuarios y Otros', el 06 de julio de 2006, la misma que contó con la participación de funcionarios de este Ministerio, fue de carácter multisectorial y en ella se adoptaron acuerdos de distinta naturaleza en materia de lucha contra el contrabando;

Que, la videoconferencia sostenida entre los Grupos de Trabajo Multisectoriales (GTM) del Perú y Bolivia involucrados en la lucha contra el contrabando llevada a cabo el 14 de febrero de 2013, se acordó realizar la II Reunión de la 'Comisión Bilateral Peruano-Boliviana para Erradicar el Contrabando Organizado en Productos Agropecuarios y Otros', el 01 de marzo de 2013, en la ciudad de Copacabana, Estado Plurinacional de Bolivia;

Que, por razones de itinerario el viaje del Consejero en el Servicio Diplomático de la República Víctor Alberto Altamirano Asmat, se realizará del 28 de febrero al 01 de marzo de 2013;

Teniendo en cuenta la Hoja de Trámite (GAC) N° 955, del Despacho Viceministerial, de 20 de febrero de 2013, y los Memoranda (DPE) N° DPE0164/2013, de la Dirección General de Promoción Económica, de 19 de febrero de 2013, y (OPR) N° OPR0101/2013, de la Oficina de Programación y Presupuesto, de 25 de febrero de 2013, que otorga certificación de crédito presupuestario al presente viaje;

De conformidad con la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificada por la Ley N° 28807, y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM; la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, su Reglamento y modificatorias; la Ley N° 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; el numeral 10.1 del artículo 10° de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, y el artículo 17° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del Consejero en el Servicio Diplomático de la República Víctor Alberto Altamirano Asmat, funcionario de la Dirección de Promoción Comercial, de la Dirección General de Promoción Económica y Representante Titular del Ministerio de Relaciones Exteriores ante el Grupo de Trabajo Multisectorial, a la ciudad de Copacabana, Estado Plurinacional de Bolivia, con eficacia anticipada, del 28 de febrero al 01 de marzo de 2013, para que participe en la II Reunión de la 'Comisión Bilateral Peruano-Boliviana para Erradicar el Contrabando Organizado en Productos Agropecuarios y Otros'.

Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores,
Meta 0094324: Promoción del Comercio, Inversiones y Turismo, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle:

Nombres y Apellidos Pasaje Aéreo Clase Económica US$
Pasaje Terrestre Puno –
Copacabana
– Puno S/.

Viáticos por día US$
Número de días Total viáticos US$
Víctor Alberto Altamirano Asmat 335.00 320.00 200.00 02 400.00
Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes al término de la mencionada comisión, el citado funcionario diplomático deberá presentar ante el Ministro de Relaciones Exteriores, un informe de las acciones realizadas durante el viaje autorizado y los resultados obtenidos en las reuniones a las que asista.

Artículo 4°.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

RAFAEL RONCAGLIOLO ORBEGOSO
Ministro de Relaciones Exteriores

Advertencia

Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú. Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.

Propósito:

El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.