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Resolución Ministerial N° 056-2013-VIVIENDA Autorizan Transferencias Financieras a favor de la Entidad Municipal Prestadora
3/05/2013
Resolución Ministerial N° 056-2013-VIVIENDA Autorizan Transferencias Financieras a favor de la Entidad Municipal Prestadora
Autorizan Transferencias Financieras a favor de la Entidad Municipal Prestadora de Servicios de Saneamiento del Cusco Sociedad Anónima - EPS SEDACUSCO SA y de la Empresa Municipal Prestadora de Servicios de Saneamiento de las Provincias Alto Andinas SA - EPS EMPSSAPAL SA VIVIENDA RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 056-2013-VIVIENDA Lima, 4 de marzo de 2013 CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Supremo N° 096-2000-EF, se aprobó la Operación de Endeudamiento Externo entre la República del Perú y el
VIVIENDA
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 056-2013-VIVIENDA
Lima, 4 de marzo de 2013
CONSIDERANDO:
Que, mediante el Decreto Supremo N° 096-2000-EF, se aprobó la Operación de Endeudamiento Externo entre la República del Perú y el Japan Bank for International Cooperatión – JBIC, hasta por ¥ 7 636 000 000,00 (SIETE MIL SEISCIENTOS TREINTA Y SEIS MILLONES Y
00/100 Yenes Japoneses), para financiar parcialmente el 'Proyecto de Mejoramiento y Ampliación de Agua Potable y Alcantarillado en las ciudades de Iquitos, Cusco y Sicuani', suscribiéndose el respectivo Convenio de Préstamo N° PE-P29 de fecha 04 de setiembre del 2000;
Que, el citado Convenio de Préstamo, en su Anexo 1, establece que la 'Unidad Ejecutora', encargada de la coordinación y administración integral del Proyecto, sería el Programa Nacional de Agua Potable – PRONAP, órgano que posteriormente fue subrogado en sus funciones y competencias por el Programa de Apoyo a la Reforma del Sector Saneamiento – PARSSA, que a su vez fue absorbido por el Programa Agua para Todos, ahora Programa Nacional de Saneamiento Urbano – PNSU, conforme a lo establecido por el Decreto Supremo N° 002-2012-VIVIENDA; como órgano responsable de coordinar acciones de los proyectos del sector saneamiento, conforme lo establece el Decreto Supremo N° 006-2007-VIVIENDA; además, el citado Convenio, en su Anexo 1, precisa que las 'Agencias de Implementación' para la ejecución del proyecto en mención sería, entre otras, la Entidad Municipal Prestadora de Servicios de Saneamiento del Cusco Sociedad Anónima - EPS SEDACUSCO SA;
Que, en el artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 768-2008-EF/75, de fecha 23 de diciembre de 2008, se aprobó el Convenio de Traspaso de Recursos, de la operación de endeudamiento externo aprobada por el Decreto Supremo N° 096-2000-EF, donde se establece que el Ministerio de Economía y Finanzas – MEF traslada a la Entidad Municipal Prestadora de Servicios de Saneamiento del Cusco Sociedad Anónima - EPS SEDACUSCO SA, la suma de ¥ 1 336 000 000,00;
Que, en el marco del Convenio de Préstamo antes señalado, con fecha 22 de enero del 2009 se suscribió el Convenio de Implementación para la ejecución del Proyecto
'Lote 3: Planta de Tratamiento de Aguas Residuales
- Cusco', entre el Programa Agua Para Todos y la EPS
SEDACUSCO SA, en el cual se establecen los alcances y obligaciones de las partes, procedimientos y demás condiciones en que se desarrollará la implementación del proyecto en la ciudad de Cusco;
Que, en la Cláusula Cuarta del Convenio antes citado, se establece como una de las obligaciones del Programa Agua Para Todos (ahora Programa Nacional de Saneamiento Urbano – PNSU), formalizar la transferencia financiera a la EPS SEDACUSCO SA de los recursos presupuestales en la fuente de financiamiento de recursos externos para la ejecución de la obra del Lote 3 Cusco;
Que, mediante el Convenio Interinstitucional de Cooperación Financiera entre el Ministerio de Vivienda,
Construcción y Saneamiento y la EPS SEDACUSCO SA, de fecha 18 de julio del 2011, se establece en su Cláusula Sexta que los recursos a financiar por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento serán por la suma total de S/. 8 600 000,00, con cargo a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, para la ejecución del Proyecto 'Lote 3: Planta de Tratamiento de Aguas Residuales - Cusco', los cuales serán transferidos mediante Transferencias Financieras a favor de la EPS SEDACUSCO SA;
Que, a través de la Resolución Ministerial N° 062-2012-VIVIENDA, de fecha 27 de marzo de 2012, se autorizó, entre otros, una Transferencia Financiera del Pliego 037
Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento,
Unidad Ejecutora 004: Programa Agua Para Todos (ahora Programa Nacional de Saneamiento Urbano) a favor de la EPS SEDACUSCO SA, hasta por la suma de S/. 8
600 000,00 en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, para ser destinada a la ejecución del proyecto Lote 3: Planta de Tratamiento de Aguas Residuales -Cusco, en el marco del Contrato de Préstamo PE-P29;
Que, mediante la Adenda N° 1 al Convenio Interinstitucional de Cooperación Financiera entre el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y la EPS SEDACUSCO SA, de fecha 22 de noviembre de 2012, correspondiente a la Obra Lote 3 'Planta de Tratamiento de Aguas Residuales de San Jerónimo'
- Convenio de Préstamo N° PE–P29, se establece que las partes acuerdan que VIVIENDA efectuará un aporte total adicional al monto de financiamiento comprometido mediante Convenio de fecha 18 de julio de 2011, por el monto de S/. 26 343 619,66;
Que, a través de la Resolución Ministerial N° 275
2012-VIVIENDA, de fecha 06 de diciembre de 2012, se autorizó, entre otras, una Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, a favor de la EPS SEDACUSCO SA, hasta por la suma de S/. 4 210 846,00 con cargo a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, destinada alfinanciamiento de la Obra Lote 3: Planta de Tratamiento de Aguas Residuales de San Jerónimo, del Proyecto
'Ampliación del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado de la ciudad de Cusco', en el marco del Convenio de Préstamo PE-P29;
Que, mediante el Informe N° 012-2013-VIVIENDA/VMCS/PNSU/3.2, el Jefe de la Unidad de Planeamiento,
Presupuesto y Sistemas de Información del PNSU, informó que en el año fiscal 2012, del total de las Trasferencias Financieras a favor de la EPS SEDACUSCO SA por la suma de S/. 12 810 846,00 en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, se han ejecutado a nivel devengado al 31 de diciembre 2012, un monto de S/. 12 717 398,00, en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios; así mismo, solicitó se gestione la aprobación de la Transferencia Financiera a favor de la EPS SEDACUSCO SA, por la suma de S/. 22 226 221,71 en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, para el financiamiento de la Obra Lote 3: Planta de Tratamiento de Aguas Residuales de San Jerónimo, del Proyecto 'Ampliación del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado de la ciudad de Cusco (PE-P29)'; en el marco del literal b) numeral 12.1 del artículo 12° de la Ley N° 29951;
Que, a través del Memorándum N° 137-2013/VIVIENDA/VMCS/PNSU/1.0, la Directora Ejecutiva del Programa Nacional de Saneamiento Urbano, del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, solicitó gestionar el dispositivo de autorice la Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano a favor de la Empresa Municipal Prestadora de Servicios de Saneamiento del Cusco SA – EPS SEDACUSCO SA, por la suma de S/. 22
226 221,71 en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, destinada al financiamiento de la Obra Lote 3: Planta de Tratamiento de Aguas Residuales de San Jerónimo, del Proyecto 'Ampliación del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado de la ciudad de Cusco (PE-P29)'; en el marco del literal b) numeral 12.1 del artículo 12° de la Ley N° 29951; asimismo, informó que la transferencia financiera será atendida con cargo a los recursos previstos en el presupuesto de la Unidad Ejecutora 004:
Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios;
Que, mediante el Memorándum N° 441-2013/VIVIENDA-OGPP la Oficina General de Planificación y Presupuesto del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, emitió opinión favorable y propuso una Resolución Ministerial que autorice la Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda,
Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004:
Programa Nacional de Saneamiento Urbano a favor de la Empresa Municipal Prestadora de Servicios de Saneamiento del Cusco SA – EPS SEDACUSCO SA, por la suma de S/. 22 226 221,71 en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, destinada al financiamiento de la 'Obra Lote 3: Planta de Tratamiento de Aguas Residuales de San Jerónimo, del Proyecto Ampliación del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado de la ciudad de Cusco (PE-P29)'; asimismo, informó que se cuenta con la disponibilidad presupuestal hasta por la suma de S/. 22 226 222,00, con cargo al Presupuesto 2013 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda,
Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004:
Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Programa Presupuestal 0082: Agua y Saneamiento para la Población Urbana, Producto 3.000001: Acciones Comunes, Actividad 5.001777: Transferencias de Recursos para Agua y Saneamiento Urbano, Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, Genérica de Gasto 4: Donaciones y Transferencias;
Que, el literal b) numeral 12.1 del artículo 12° de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, autoriza en el presente año fiscal la realización, de manera excepcional, de transferencias financieras, entre otras, que se realicen para el cumplimiento de los compromisos pactados en los convenios de cooperación internacional reembolsables y no reembolsables y las operaciones oficiales de crédito celebrados en el marco de la normativa vigente;
asimismo, el numeral 12.2 del referido artículo, establece que las transferencias financieras autorizadas en el párrafo 12.1 se realizan, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, mediante Resolución del Titular del Pliego, la misma que se publica en el Diario Oficial El Peruano;
De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29951,
Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; y el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Transferencia Financiera Autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 037
Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento,
Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, hasta por la suma de S/. 22 226 221,71 (VEINTIDOS MILLONES DOSCIENTOS VEINTISEIS MIL DOSCIENTOS VEINTIUNO Y 71/100 NUEVOS SOLES) en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de la Entidad Municipal Prestadora de Servicios de Saneamiento del Cusco Sociedad Anónima - EPS SEDACUSCO S.A, destinada al financiamiento de la Obra Lote 3: Planta de Tratamiento de Aguas Residuales de San Jerónimo, del Proyecto 'Ampliación del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado de la ciudad de Cusco', en el marco del Convenio de Préstamo PE-P29.
Artículo 2.- Financiamiento La transferencia financiera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se atenderá con cargo a los recursos aprobados en el Presupuesto Institucional 2013, del Pliego 037: Ministerio de Vivienda,
Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004:
Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Programa 0082: Agua y Saneamiento para la Población Urbano,
Producto 3000001: Acciones Comunes, Actividad 5001777: Transferencia de Recursos para Agua y Saneamiento Urbano.
Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia autorizada por el artículo 1 del presente dispositivo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.
REQUISITO PARA PUBLICACIN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial,
Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, que contengan más de una página, se adjuntará un diskette, cd rom o USB en formato Word con su contenido o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@ editoraperu.com.pe.
LA DIRECCIÓN
DIARIO OFICIAL
Artículo 4.- Monitoreo El Programa Nacional de Saneamiento Urbano es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines, metas físicas y financieras para los cuales se realiza la presente transferencia, en el marco de lo dispuesto por el numeral 12.3 del artículo 12 de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013.
Artículo 5.- Información La EPS SEDACUSCO SA informará al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, los avances físicos y financieros de la ejecución del proyecto a su cargo, con relación a su cronograma de ejecución y a las disposiciones contenidas en el Convenio correspondiente, para efectos de lo dispuesto en el artículo 4 de la presente Resolución.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
RENÉ CORNEJO DÍAZ
Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento
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