3/07/2013

Resolución Administrativa N° 201-2013-P-CSJLI-PJ Conforman Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Corte

Conforman Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Corte Superior de Justicia de Lima CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 201-2013-P-CSJLI-PJ Lima, 25 de febrero del 2013 VISTO: El informe N° 0016-2013-CPP-UPD-CSJLI/PJ de fecha 22 de febrero de 2013 de la Unidad de Planeamiento y Desarrollo de la Corte Superior de Justicia de Lima; CONSIDERANDO: Que, el informe de vista, hace saber que en atención
Conforman Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Corte Superior de Justicia de Lima CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA

CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 201-2013-P-CSJLI-PJ


Lima, 25 de febrero del 2013
VISTO:

El informe N° 0016-2013-CPP-UPD-CSJLI/PJ de fecha 22 de febrero de 2013 de la Unidad de Planeamiento y Desarrollo de la Corte Superior de Justicia de Lima;

CONSIDERANDO:

Que, el informe de vista, hace saber que en atención y cumplimiento a lo dispuesto por Ley 29783 'Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo', y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 005-2012-TR, de fecha 25 de abril del 2012: es necesario se implemente en cada Corte Superior de Justicia un Comité Paritario de Salud y Salud en el Trabajo.

Que, los Presidentes de Corte constituyen la máxima autoridad administrativa del Distrito Judicial a su cargo, los cuales disponen las acciones convenientes con la finalidad de realizar una adecuada gestión y mejora del servicio.

Por lo que estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas en los incisos 3) y 9) del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial publicado el 02 de Junio de 1993;

SE RESUELVE
Primero.- Conformar un COMITÉ PARITARIO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO de la Corte Superior de Justicia de Lima, de conformidad a lo establecido por Ley N° 29783 Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 005-2012-TR; el cual estará integrado de la siguiente manera:
a. Gerente de la Administración Distrital b. Oficina de Recursos Humanos c. Oficina de Logística d. Oficina de Infraestructura e. Jefe de Seguridad f. Supervisor del Personal de Limpieza para la Corte Superior de Justicia de Lima g. Juez Superior (elegido en Sala Plena) h. Juez de Primera Instancia (elegido por votación convocada por el Decanato de Jueces) i. Juez de Paz Letrado (elegido por votación convocada por su Decanato) j. Personal Jurisdiccional o Administrativo 1 k. Personal Jurisdiccional o Administrativo l. Personal Jurisdiccional o Administrativo Segundo.- Disponer que el referido Comité, deberá diseñar e implementar el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo bajo la formulación de un Programa que permita el desarrollo de actividades de promoción, prevención y control de riesgos para preservar, mantener y mejorar la salud de los trabajadores en el centro de trabajo; realizando un seguimiento continuo para evitar accidentes de trabajo, enfermedades profesionales y el impacto negativo de los riesgos laborales; así como implementar todos los registros pertinentes y el libro de actas respectivo.

Tercero.- Que, se encomienda al Sindicato de Trabajadores mayoritario la convocatoria y elección de los tres (03) miembros del personal administrativo o jurisdiccional que integraran dicho comité.

Cuarto.- La Unidad de Planeamiento y Desarrollo quedará como órgano Asesor y de Monitoreo de la presente comisión a nivel de su Jefatura y de su Coordinación de Planes y Presupuesto – Área de Planes.

Quinto.- Que, las Áreas de Bienestar, Prensa, Protocolo y Capacitación quedarán como órganos de apoyo en todo aquello que las acciones del Comité lo requieran.

Sexto.- Que las actividades a programar deben estar insertadas en el Plan de Inducción y de Desarrollo de la Corte Superior de Justicia de Lima, para lo cual se brindarán las facilidades respectivas a nivel administrativo como jurisdiccional Séptimo.- PONER la presente resolución en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial,
Órgano de Control de la Magistratura, Gerencia General,
Consejo Ejecutivo Distrital, Oficina de Administración Distrital, Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura, Oficina de Prensa, Oficina de Protocolo,
Oficina de Recursos Humanos, Área de Capacitación,
Área de Estadística, Oficina de Infraestructura, Oficina de Bienestar Social, Sindicatos adscritos a la Corte Superior de Justicia de Lima, Oficina de Seguridad, Oficina de Limpieza y Unidad de Planeamiento y Desarrollo.

Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese.

IVAN ALBERTO SEQUEIROS VARGAS
Presidente 1 Ley N° 29783, Capítulo III, Artículo 31°

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